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Bienvenido al aplicativo de PQRDS de la E.S.E. Hospital Manuel Uribe Ángel.

Para nosotros es muy importante conocer su percepción acerca del servicio brindado en la institución.

Importante: El canal de PQRSDF (Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias, Denuncias y Felicitaciones) no es el medio establecido por la institución para presentar reclamos relacionados con la protección de sus datos personales. Si usted desea ejercer sus derechos como titular de esta información, debe contactarnos a través del correo electrónico protecciondedatos@hospitalmua.gov.co o acercarse presencialmente a la taquilla de archivo.

AVISO DE PRIVACIDAD

La E.S.E. HOSPITAL MANUEL URIBE ÁNGEL, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 y demás normas concordantes, es responsable del tratamiento de sus datos personales.

Los datos personales que la E.S.E. solicita serán utilizados de conformidad con las finalidades previstas en la Política de Tratamiento y Protección de Datos Personales disponible en nuestra sede electrónica: www.hospitalmua.gov.co, donde se encuentran los canales de contacto y la forma de ejercer los derechos del titular de revocar la autorización, conocer, actualizar, rectificar y suprimir, de ser procedente, su información.

Los datos relacionados con su origen racial o étnico u orientación sexual, entre otros, son de carácter sensible y serán solicitados por la E.S.E. con fines estadísticos y para brindar una atención con calidad, garantizando un enfoque diferencial; por lo cual es decisión del titular brindar esta información.

Usted puede ejercer sus derechos por los siguientes medios:

Para conocer más sobre nuestra política de tratamiento de datos personales, lo invitamos a ingresar a nuestra sede electrónica: www.hospitalmua.gov.co, donde podrá conocer los cambios que se produzcan en ella o en nuestros avisos de privacidad.

No se dará trámite a las quejas que sean manifiestamente temerarias, se refieran a hechos irrelevantes o de imposible ocurrencia, o sean presentadas de manera incorrecta o difusa. La entidad no adelantará trámite alguno por quejas anónimas, excepto cuando se acredite por lo menos sumariamente la veracidad de los hechos denunciados o cuando se refieran en concreto a hechos o personas claramente identificables, conforme a lo previsto en la Ley 190 de 1995 (artículo 38), Ley 1952 de 2019 (artículo 86) y Ley 962 de 2005 (artículo 81).

En caso de que la solicitud de información sea de naturaleza de identidad reservada, deberá efectuar el respectivo trámite ante la Procuraduría General de la Nación, haciendo clic en el siguiente enlace: Solicitud de información con identidad reservada

Las manifestaciones podrán interponerse de forma física o escrita, presencial, a través de la página web, en los buzones de sugerencias o telefónicamente.​

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Felicitación ​​​​